Crear una empresa de transporte en Colombia exige dos pasos obligatorios: constituir la sociedad y obtener habilitación del Ministerio de Transporte. Sin esta autorización, no puede operar legalmente. Aquí aprende requisitos, costos, tiempos y registros oficiales vigentes en 2026.
Paso 1. Constitución legal de la empresa
Antes de solicitar permisos especiales, la empresa debe existir jurídicamente. En Colombia, este proceso se realiza ante entidades oficiales.
Registro en Cámara de Comercio
Debe registrar la sociedad en la Cámara de Comercio de su ciudad. Allí se formaliza:
- Acta de constitución
- Estatutos
- Objeto social (debe incluir claramente “servicio público de transporte”)
La matrícula mercantil suele tardar entre 1 y 3 días hábiles.
Es clave definir si la empresa será:
- Sociedad por Acciones Simplificada (SAS)
- Sociedad Limitada
- Sociedad Anónima
La mayoría elige SAS por su flexibilidad legal, según la Ley 1258 de 2008.
Inscripción en la DIAN y obtención del NIT
Después del registro mercantil, debe inscribirse ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para obtener el NIT.
Aquí se define el código CIIU correcto:
| Tipo de transporte | Código CIIU | Descripción oficial |
| Carga por carretera | 4923 | Transporte de carga por carretera |
| Pasajeros urbano | 4921 | Transporte de pasajeros |
| Transporte especial | 4922 | Transporte mixto o especial |
El código correcto evita sanciones tributarias.
Apertura de cuenta bancaria empresarial
La empresa debe abrir una cuenta a su nombre. Esto demuestra capacidad financiera ante el Ministerio de Transporte.
Paso 2. Habilitación ante el Ministerio de Transporte
Con la empresa ya creada, debe solicitar la habilitación en la Dirección Territorial del Ministerio de Transporte de Colombia.
Sin esta resolución, no puede prestar servicio público.
La habilitación evalúa tres capacidades:
- Financiera
- Técnica y operativa
- Seguridad y seguros
Capacidad financiera exigida
El Estado exige demostrar patrimonio mínimo. El valor depende del tipo de transporte.
Transporte de carga
Se exige aproximadamente 1.000 SMMLV (Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes) en patrimonio líquido.
Transporte de pasajeros o especial
El patrimonio inicia desde 300 SMMLV, pero puede aumentar según número de vehículos y radio de acción.
Las empresas nuevas deben presentar:
- Balance inicial
- Certificación firmada por contador público
- Estados financieros proyectados
Estos requisitos están regulados por el Decreto 1079 de 2015.
Capacidad técnica y operativa
La empresa debe demostrar que puede prestar el servicio correctamente.
Debe presentar:
- Relación de flota (propia o vinculada)
- Tarjetas de propiedad
- SOAT vigente
- Revisión técnico-mecánica al día
- Organigrama empresarial
- Hojas de vida del personal clave
Si presta transporte especial o pasajeros, debe demostrar infraestructura como:
- Oficina administrativa
- Sitio de parqueo
- Taller propio o contrato con taller autorizado
Seguros obligatorios
El transporte público implica responsabilidad civil.
Debe contratar:
- Póliza de Responsabilidad Civil Contractual (RCC)
- Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual (RCE)
Estas cubren daños a pasajeros y terceros.
Sin estas pólizas vigentes, el Ministerio no emite la resolución de habilitación.
Tiempo aproximado del trámite
El proceso no es inmediato. Estos son los tiempos estimados:
| Trámite | Entidad | Tiempo aproximado |
| Matrícula mercantil | Cámara de Comercio | 1-3 días |
| Inscripción RUT | DIAN | 1 día |
| Habilitación transporte | Ministerio de Transporte | Hasta 90 días |
| Registro RNDC | Ministerio de Transporte | Inmediato tras habilitación |
El plazo de 90 días puede variar según revisión documental.
Registros obligatorios después de la habilitación
Si la empresa es de carga, debe registrarse en:
Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC)
El RNDC permite reportar viajes y generar manifiestos electrónicos obligatorios.
Sin este registro, no puede movilizar carga legalmente.
Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT)
La empresa debe inscribirse como actor en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
Allí se registran vehículos, conductores y trámites asociados.
¿Cuánto cuesta inscribir una empresa de transporte?
El costo depende del tipo de servicio y número de vehículos.
Gastos aproximados:
- Constitución empresa: $1.000.000 – $3.000.000 COP
- Seguros obligatorios: variable según flota
- Capital mínimo exigido: depende del SMMLV vigente
- Honorarios contables y legales
El mayor requisito no es el trámite, sino el patrimonio mínimo exigido.
Errores comunes que retrasan la habilitación
Muchos emprendedores cometen fallas que generan rechazo.
Los errores más frecuentes son:
- Objeto social mal redactado
- Capital inferior al mínimo exigido
- Falta de pólizas vigentes
- Flota sin documentos al día
- Estados financieros sin firma de contador

Corregir estos puntos evita demoras.
¿Se puede comprar una empresa ya habilitada?
Sí, pero la habilitación es intransferible automáticamente.
Si compra una empresa, debe:
- Actualizar representante legal
- Registrar cambios ante el Ministerio
- Actualizar RUNT y RNDC
Sin actualizar datos, la empresa puede ser sancionada.
Obligaciones permanentes después de operar
Inscribir la empresa es solo el inicio.
Debe cumplir continuamente con:
- Renovación anual de matrícula mercantil
- Actualización del RUT
- Renovación de pólizas
- Reportes en RNDC
- Implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV)
El PESV es obligatorio según la Ley 1503 de 2011.
Conclusión
Inscribir una empresa de transporte en Colombia requiere constituir la sociedad y obtener habilitación del Ministerio de Transporte. El requisito clave es demostrar capacidad financiera, técnica y aseguradora. Sin resolución oficial, no puede operar legalmente. Cumplir cada paso evita sanciones y garantiza operación formal.
Preguntas Frecuentes
1. ¿Es obligatorio el patrimonio mínimo para transporte de carga?
Sí. El Ministerio exige aproximadamente 1.000 SMMLV en patrimonio líquido.
2. ¿Cuánto demora la habilitación?
Puede tardar hasta 90 días hábiles, dependiendo de la revisión documental.
3. ¿Puedo iniciar con vehículos afiliados?
Sí, siempre que estén legalmente vinculados y con documentos vigentes.
4. ¿Qué pasa si no me registro en el RNDC?
No podrá generar manifiestos electrónicos y puede recibir sanciones.
5. ¿El SOAT es suficiente como seguro?
No. También necesita pólizas RCC y RCE.
6. ¿Una persona natural puede habilitar empresa?
Debe constituir persona jurídica para prestar servicio público formal.
7. ¿Qué entidad vigila las empresas de transporte?
El Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte.
8. ¿Debo renovar la habilitación?
No se renueva, pero debe mantener requisitos actualizados.
9. ¿Qué ley regula el transporte en Colombia?
Principalmente el Decreto 1079 de 2015 y normas complementarias.
10. ¿Es obligatorio el Plan Estratégico de Seguridad Vial?
Sí. Es exigido por la Ley 1503 de 2011 para empresas con vehículos.
